¿Qué es la condonación de la deuda? Si has escuchado esta alternativa en alguna ocasión, te contamos en qué consiste y cómo puedes beneficiarte de ella.

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Consiste en un acto jurídico en el que tu acreedor te libera de tu obligación de pagarle la cantidad que le debes. Esta condonación puede ser total o parcial e, incluso, puede tener un coste o no. Como figura legal, está regulada en diversos artículos del Código Civil al existir distintas alternativas. Si el acreedor es el Estado, solo podrás condonar tu deuda cuando la ley lo indique. Ahora bien, no debes pensar que la extinción de tu obligación de pagar tiene relación con la prescripción o la caducidad de la deuda. Se habla de extinción cuando:
  • Pagas la deuda o cumples con lo pactado.
  • La cosa debida se pierde.
  • La deuda se condona.
  • Se confunden los derechos del deudor y del acreedor.
  • Se compensa la deuda.
Se ejecuta la novación (se sustituye la primera obligación por una nueva). Te recomendamos el siguiente artículo: ¿Me pueden embargar la vivienda habitual?

Características esenciales de la condonación de deuda

Lo primero que debemos destacar es que su puesta en marcha depende del acreedor. Además, hay distintos tipos que ahora te explicamos.

Pública

El deudor es un organismo público y los acreedores no renuncian sin contraprestación al pago de la deuda. Si es el Estado el acreedor, especialmente en deudas relacionadas con los impuestos, la condonación dependerá de la ley.

Privada

Ambas partes son personas físicas y desde 2015, año en el que entró en vigor la Ley de Segunda Oportunidad, la jurisprudencia indica que la condonación de deuda es una de las alternativas más usadas en estos casos.

Dependiendo de la voluntad

La primera opción es que sea voluntaria y el acreedor renuncie a cobrar. La segunda es forzada y está provocada por la obligatoriedad del acreedor a renunciar al cobro, bien sea por una quiebra empresarial o por un concurso de acreedores.

Según el objeto o la cuantía

La condonación puede ser parcial o total. Todo dependerá de la liquidez del deudor y del plan de pago que se quiera presentar.

Dependiendo del momento de la vida

Hay dos variantes en este apartado. La primera es Inter vivos, el acreedor y el deudor realizan la condonación en vida. La segunda es Mortis causa, donde entra en funcionamiento lo que se conoce como «legado de perdón». Es decir, la muerte de una de las partes puede significar que la deuda se extinga, pero no es una figura legal, salvo cuando existe un seguro de vida que cubra la deuda de la persona fallecida. Sin embargo, no se hablaría de condonación, sino de cancelación de la deuda.

Dependiendo de la forma

La condonación se considera expresa si se realiza ante notario y la certificación se ajusta a la forma de la donación. Será presunta o tácita si el acreedor renuncia al cobro mediante la entrega de un pagaré, un documento en prenda, o devuelve una parte de la cosa pignorada o dada en garantía. De todo lo anterior, debe quedar constancia para tener la certeza total de que la condonación es un hecho. Ahora que tienes las respuestas a la pregunta «¿Qué es la condonación de la deuda?», de ti depende convertirlas en la clave de una nueva etapa. Repasa la información anterior para encontrar cuáles son las claves que te permiten, como acreedor o deudor, eliminar esa deuda que no sabes cómo zanjar. Repasa también la legislación vigente para que todo el proceso sea legal y así puedas afrontar la situación con mayor tranquilidad y siempre cumpliendo totalmente con lo estipulado.
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