La exoneración de deudas (con su relación con la ley de segunda oportunidad) es una de las grandes dudas que presentan nuestros clientes. La crisis económica no ha ayudado a las empresas ni a los autónomos a generar el beneficio suficiente. Acarrean deudas a largo plazo. Por ello, es importante que conozcas el marco legal y cómo nuestro despacho de abogados puede asesorarte.
Antes de que sigas leyendo, si no conoces bien que es la exoneración de deudas, te invitamos a leer el siguiente post para aclarar tus dudas: ¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad con Hacienda y Seguridad Social
Sin embargo, una sentencia del Tribunal Supremo en 2019 amplió los límites de este marco legislativo e incluyó también a los diferentes organismos públicos. Esto afectaba, especialmente, a los autónomos, que deben pagar su cuota mensual a la Seguridad Social, así como las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF.
Por ello, la legislación actual permite exonerarte de hasta un 70 % del total de la deuda y fraccionarla en pagos que pueden extenderse hasta cinco años. Esta sentencia ha supuesto un gran avance, ya que posibilita que la segunda oportunidad no solo esté al alcance de los particulares que tengan deudas hipotecarias y las compañías que entren en concurso de acreedores, sino también de los autónomos y pequeñas empresas.
¿Cuánto tiempo dura este procedimiento?
Pese a que la duración de cada caso dependerá de su complejidad, es importante que tengas en cuenta que, por norma general, suele extenderse desde unos pocos meses hasta más de un año. Una de las principales ventajas es que, mientras dure el proceso, estarás protegido como deudor. No te podrán embargar ni solicitar el pago de ningún tipo de deuda.
Por tanto, acogerse a esta ley puede suponer un balón de oxígeno para ti, hasta que pueda solucionarse tu expediente. Tendrás un mayor margen de tiempo y maniobra para conseguir el dinero que necesites y finiquitar todas tus deudas. Si eres un particular, el procedimiento se iniciará ante notario. En cambio, si estás dado de alta como trabajador por cuenta propia, será ante la Cámara de Comercio o el Registro Mercantil.
En función del número de acreedores y de la voluntad de acuerdo entre ambas partes, el proceso extrajudicial puede tardar entre dos y seis meses. Si no se produce un acuerdo, será necesario ir a juicio, lo que hará que el proceso dure hasta medio año más. El tiempo de espera depende de tres factores, como lo saturados que estén los juzgados, la complejidad y el número de bienes.
Como conclusión, la exoneración de deudas ante la Administración Pública es un procedimiento cada vez más común y que puedes iniciar sin problemas.
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