Embargo de Hacienda: ¿Qué te pueden embargar y cómo actuar?

Embargo de Hacienda: ¿Qué te pueden embargar y cómo actuar? Te comentamos todo lo que debes saber al respecto.

¿Qué provoca que Hacienda te embargue?

Como contribuyente tienes unos plazos de pago voluntario de los impuestos. Una vez que se cumplen, comienza el periodo en el que tienes que abonar un 20 % de la cantidad fijada. Esto se denomina providencia de apremio y la Agencia Tributaria te ofrece un nuevo plazo voluntario para saldar tu deuda. Si tampoco lo cumples, es cuando comienza el proceso de embargo de tus bienes.

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¿Cómo es el procedimiento de embargo?

Se dicta y envía una providencia de embargo de tus bienes. El objetivo principal de esta comunicación es:

  • Cobrar la deuda debida con los intereses.
  • Abonar el recargo de apremio.
  • El pago de las costas del procedimiento.

¿Cómo sabes que tienes un embargo?

Porque se pone en marcha lo que se conoce como diligencia de embargo o se incluye en una sentencia judicial. Ello te obliga a pagar la deuda y pueden embargarte:

  • La cuenta corriente.
  • La nómina, pero dejándote el salario mínimo interprofesional, lo que supere esta cantidad sí es embargable.
  • Tu coche.
  • Tu casa (aunque esté hipotecada).
  • Los bienes de los que seas propietario/a.

Normalmente, se sigue el orden anterior, pero todo dependerá de la cantidad que debas. Es decir, si en tu cuenta corriente hay la cantidad suficiente para realizar el abono, se embargará. El embargo de todos los bienes antedichos solo se produce en situaciones en las que acumulas una deuda de varios años seguidos sin pagar o realizar la declaración.

¿Cómo deberías reaccionar ante un embargo de Hacienda?

Aunque te justifiquen el embargo y te expliquen el motivo, siempre tienes derecho a presentar una reclamación económico-administrativa o un recurso de reposición al órgano emisor del embargo. Los motivos que puedes alegar son:

  • El abono de la deuda (con justificante).
  • No haber recibido la notificación de la diligencia de embargo. Esta alegación es lícita, pero debes tener en cuenta que todas las notificaciones se envían por correo certificado con acuse de recibo. Es decir, si en la Agencia Tributaria tienen el resguardo y la firma con una fecha concreta, la responsabilidad será de quien firmó la recepción de la notificación y, por supuesto, tuya.
  • La suspensión de la recaudación.
  • El incumplimiento de lo estipulado en la ley de embargos en lo que respecta a no respetar el sueldo mínimo para que puedas subsistir durante el periodo que dure el embargo.

Tienes 30 días para reclamar el embargo a partir del día siguiente de la fecha de recepción de la notificación. Otra alternativa es solicitar un aplazamiento. En este caso, debes pedir que se fraccione el pago, lo que te dará cierto margen de maniobra, pero no te librarás de los intereses de demora que aumentarán la cantidad final que deberás abonar.

¿Cuánto tiempo tarda Hacienda en levantar un embargo?

Todo dependerá de cuándo liquides totalmente la deuda pendiente, los intereses y los costes del procedimiento. Si quieres acelerar más el proceso, puedes presentar una garantía como aval de que tienes todos los recursos a tu alcance para abonar la cantidad correspondiente.

En cualquiera de los casos anteriores, recuerda que debes solicitar un documento que certifique que no tienes ningún embargo. Ello te permitirá solicitar un nuevo crédito a tu banco o realizar cualquier tipo de operación financiera en lo sucesivo. Lo más adecuado es abonar la deuda cuanto antes y zanjar el problema.

Nuestro objetivo era aclararte si tienes un embargo de Hacienda: ¿Qué te pueden embargar y cómo actuar? Seguro que ahora sabes cómo afrontar esta situación sin problemas.

3 Comentarios

  • Hace 14 horas

    Nieves

    Estoy envargada

  • Hace 14 horas

    Nieves

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